La adopción
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MARINA MARTÍNEZ PÉREZ


Catorce años en el momento de redactar esta página


La adopción es la transferencia LEGAL de un menor desde una familia a otra. Este cambio de familia es, en el sentido legal, para la perpetuidad. Esto significa que es para toda la vida. Se entiende que debe ser permanente. La familia pertenece al menor y el menor pertenece a la familia. Esto es, como si el menor hubiese nacido dentro de la familia.

Desafortunadamente hay menores que no pueden permanecer en su familia de nacimiento. La familia no es capaz de cuidar del menor.
Otros dan un paso a la acogida del menor.

PREGUNTAS FRECUENTES
¿Clases de adopción?

  • El menor sigue perteneciendo a su familia biológica y probablemente retorne a su cuidado.
  • Los menores, reteniendo su identidad y status legal con la familia biológica, permanecerán en acogimiento toda su infancia. Ocasionalmente será en instituciones, aunque la mayoría se colocarán en hogares temporales de acogida.
  • Hay unos pocos menores, los cuales debido a cualquier razón, no podrán permanecer con su familia biológica

¿Quién puede ser adoptante?

  • Los adoptantes no tienen porque tener especiales características. Hay una cosa que todas las familias adoptivas tienen que compartir. El amor y cuidado de un menor, y la habilidad de darle amor y cuidado por cualquier modo disponible. Una familia adoptiva tiene que estar absolutamente volcada en su menor

¿Está la adopción hecha para mi?

  • La adopción no es una opción fácil. Esto no está hecho para alguien que sólo piense que sería buena idea tener un niño correteando por la casa. O un compañero de juegos para la pequeña María. O un ayudante para mami. O un amigo para Pepito. O un acompañante de papa en sus acampadas.
  • Pregúntese usted mismo… ¨¿Qué derecho tengo yo de imponer mi egoístas necesidades a cualquier niño?
  • Por otra parte piense si puede ofrecerle algo: Amor, cuidado o seguridad.

TRÁMITES PARA ADOPTAR UN NIÑO

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Lo primero que hay que hacer es solicitar la información en la Comunidad y la solicitud de adopción que habrá que cumplimentar y presentar en el Organismo correspondiente.

El objetivo de esta segunda etapa será valorar a los posibles padres desde un punto de vista psicológico y social. Se tendrán en cuenta su posición económica y las condiciones de vida con objeto de juzgar si pueden o no hacerse cargo de un niño. Este estudio se realizará por los organismos de las comunidades a las que pertenecen los padres adoptivos.

Por ultimo, un Comité Técnico de Evaluación emite una resolución y certificado de idoneidad de los demandantes, un documento definitivo para la adopción.

El tiempo medio que se invierte en estos tramites está en torno a los ocho meses. En caso de que la resolución sea positiva se inicia la tramitación del expediente de adopción que hace la ECAI (Entidad Colaboradora de Adopción Internacional). La intervención de esta Entidad es obligatoria en todos los países signatarios del Convenio de la Haya. Para aquellos que no forman parte de este Tratado, hay tres posibilidades:

  1. Pueden optar por que intervenga la ECAI o no.
  2. Será obligatorio que intervenga si el país lo exige.
  3. Será obligatorio si así lo exigen los interesados.

A partir de entonces las personas que quieren adoptar tienen que contactar con los organismos del país de origen de los niño. Será ese país el que imponga todos los requisitos a cumplir, la estancia mínima para conocer y relacionarse con el menor, la documentación que deben aportar lo futuros padres y el coste económico por dicho tramite.

Documentos

  1. Solicitar información en los organismos dedicados a acogida y adopción de la comunidad autónoma correspondiente.
  2. Cursar una solicitud, acompañada de la siguiente documentación:
    1. Certificado de nacimiento de los solicitantes.
    2. Certificado de matrimonio o, en su defecto, de convivencia.
    3. Certificado de empadronamiento.
    4. Documentos que acrediten ingresos estables y suficientes para la manutención del niño (nóminas, última declaración de IRPF, declaración de Patrimonio….)
    5. Declaración de la existencia, o no, de hijos biológicos o adoptivos.
    6. Certificado Medico.
    7. Documentos de cobertura sanitaria.
    8. Certificado de antecedentes penales.
    9. Fotocopia de DNI y dos fotos de carné de cada solicitante.
  3. Dirigirse a los Servicios Sociales autonómicos correspondientes, para obtener un Certificado de Idoneidad. Este documento, imprescindible para una adopción amparada por la ley, exige que los futuros padres adoptivos superen un estudio psico-social.
  4. Remitir todos los documentos a la Comisión de Tutela de Menor.

Tiempo y coste del proceso

  • España: nueve años
  • Países de Este: de ocho a veinte meses.
  • Hispanoamérica: de ocho a treinta meses.
  • Asia: de ocho a quince meses.

El coste se estima entre 5.000 y 12.500 euros.

La ADOPCIÓN INTERNACIONAL

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Al igual que en otros países de nuestro entorno, en España el número de menores susceptibles de ser adoptados va disminuyendo progresivamente debido a diversas razones, entre otras, el descenso de los índices de natalidad, el desarrollo de las políticas de apoyo a familias en dificultad social, los cambios en el derecho de familia, la disminución de los niños abandonados recién nacidos, como consecuencia del cambio de actitudes de la sociedad española ente los hijos de madres solteras y la generalización y legalización de en algunos países en la utilización de los medios anticonceptivos y la práctica del aborto. Por otra parte, la adopción se ha vuelto cada vez más popular, ayudada por la difusión de los medios de comunicación social, de la situación de extrema pobreza de algunos niños en ciertos países, produciéndose un crecimiento de las demandas de adopción internacional. La adopción de un niño de origen extranjero se caracteriza u distingue de la nacional por su aspecto interracial e intercultural.

Documentación necesaria

  1. Documento notarial por el que los solicitantes se comprometen a acoger a un menor de nacionalidad extranjera de acuerdo a las leyes del país de origen, así como a reconocerle como hijo suyo a efectos legales.
  2. Poder notarial a favor de los abogados que van a actuar en el país de adopción.
  3. Copia del pasaporte.

Remitir los certificados e informes citados al Ministerio de Asuntos Exteriores, y entregarlos, posteriormente, en el consulado del país elegido. Lo habitual es que los trámites internacionales se realicen a través de una ECAI, acreditada por la comunidad autónoma.

Una vez asignado el niño

  1. Viajar a su país para recogerlo.
  2. Permanecer allí alrededor de un mes en periodo de adaptación del pequeño.
  3. Inscribir la adopción en el Registro del consulado español y obtener el pasaporte del menor.
  4. De vuelta a casa, se debe inscribir al nuevo miembro de la familia en el Registro Civil.

BIBLIOGRAFIA


● ¿Qué es una adopción? [en línea], en consejosadopcion.galeon.com, localizable en la Red en la dirección http://consejosadopcion.galeon.com/adopcion.htm [consultado el día 4 de diciembre de 2006]
● ¿Es la adopción realmente necesaria? [en línea], en consejosadopcion.galeon.com, localizable en la Red en la dirección http://consejosadopcion.galeon.com/adopcion.htm , [consultado el día 4 de diciembre de 2006]
● ¿Quién puede ser adoptante? [en línea], en consejosadopcion.galeon.com, localizable en la Red en la dirección http://consejosadopcion.galeon.com/adopcion.htm , [consultado el dia 4 de diciembre de 2006]
● ¿Esta la adopción hecha para mi? [en linea], en consejosadopcion.galeon.com, localizable en la Red en la direccion http://consejosadopcion.galeon.com/adopcion.htm , [consultado el día 4 de diciembre de 2006]
● Los trámites para adoptar un niño [en línea], en mundopadres.estilismo.com, localizable en la Red en la dirección http://mundopadres.estilismo.com/areas_tematicas/adopcion/portada_adopcion.htm , [consultado el día 4 de diciembre de 2006]
● La adopción en España [en línea], en mundopadres.estilismo.com, localizable en la Red en la dirección http://mundopadres.estilismo.com/areas_tematicas/adopcion/portada_adopcion.htm, [consultado el día 4 de diciembre de 2006]
● Tiempo de duración del proceso; [en línea], en euroadopt.org, localizable en la Red en http://www.euroadop.org/requisitos.htm#TIEMPO, [consultado el día 4 de diciembre de 2006]

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